CONOCES TUS OPCIONES LEGALES AL TERMINAR TPS
CONOCES TUS OPCIONES LEGALES AL TERMINAR TPS
Ante la eminente finalización del programa de protección temporal conocido como TPS, y si usted es uno de los afectados es muy probable que se esté haciendo estas preguntas:
Cuáles son mis alternativas Legales al finalizar mi permiso de Trabajo con TPS?
Cuáles remedios legales tengo al finalizar el TPS
1) Ajuste de Estatus dentro del país (Estados Unidos):
Quiere decir aplicar y recibir su residencia aquí en el país. Si recuerdan la corte del noveno circuito estableció" Que el tener TPS, era una admisión en los Estados Unidos". Lo que quiere decir; que si una persona con TPS, se encuentra casada con un ciudadano americano o es el padre de un ciudadano americano mayor de 21 años, esa persona puede arreglar su estado migratorio, aquí en territorio de estados unidos, aplicado por AJUSTE DE ESTATUS.
También si usted ha tenido TPS, ha salido y vuelto a entrar al país (USA), puede ajustar su estatus a través de su esposo o esposa que es ciudadano americano o a través de un hijo mayor de 21 años de edad.
¿Si tengo un permiso de trabajo, puedo salir del país?
Solo con el permiso de trabajo, no se puede salir, y para poder viajar necesita tramita un advance parole o permiso de viaje, con ese permiso para viajar puede salir y volver a entrar, si vives en el área de Los Ángeles tiene que ir personalmente, con pruebas de la emergencia, como el tener un familiar grave en el hospital, para que este documento sea aprobado de ser posible el mismo día
¿Qué es un advance parole o permiso de viaje?
El advance parole es un permiso de viaje es un requerimiento indispensable para que algunos extranjeros que se encuentran en los Estados Unidos puedan viajar fuera del país y regresar.
2) Proceso Consular:
Si su esposo es residente legal su proceso sería diferente; ya que su esposo o esposa lo puede pedir o se puede hacer ciudadano, para así hacer un ajuste de estatus, pero si su esposo o esposa no puede hacerse ciudadano, igualmente lo puede pedir, pero tendría que ver que su fecha de prioridad esté disponible, pedir un perdón por el tiempo que usted haya estado viviendo sin documentos (sin papeles, indocumentado...) y tener un proceso consular. Esto en el caso que usted no haya tenido un esposa/esposo ciudadano o hija/hijo mayor de 21 años ciudadano de los Estados Unidos. Pero si tiene un esposo, padres o hijos residentes, podrá hacer un proceso consular.
3) Que la persona con TPS haya sido víctima de un delito en territorio de Estados Unidos y pueda calificar para la VISA U:
Como ser víctimas de crimen violentos como; Violencia Domestica, asesinato, robos, etc.
Haber cooperado con la policía, en la investigación de ese delito
Haber sufrido un daño sustancial, como consecuencia de ese delito
4) Algunos podrían tener la posibilidad arreglar por la LEY NACARA
si ingreso al país antes de los años 90, si es salvadoreño o guatemalteco, aunque esto también incluye a los guatemaltecos que no tengan TPS.
5) El Asilo
Muchas personas de EL Salvador o Honduras, que se vinieron escapando de algún tipo de persecución de su país de origen y al llegar a los Estados Unidos, se encontraron con la posibilidad de poder aplicar al TPS en vez aplicar por el asilo, y efectivamente así lo hicieron, cuando ahora el TPS, se van a tener un tiempo limitado para aplicar por asilo, pero para calificar por asilo, uno tiene que probar que sufrieron persecución en su país de origen y que tiene miedo de regresar y que ese miedo de regresar es fundado, los casos de asilo no son fácil de ganar ya que no hay asilo por delincuencia común o su situación económica o porque si vuelve va ser víctima de extorción.
Hay varios grupos determinado que las cortes han determinado que si califican para el asilo político.
Lo más importante es buscar la ayuda de un abogado especialista en leyes migratorias y que este analice su caso particular, ya que cada caso, siempre es diferente.
Usted tiene que tener en cuenta a la hora de escoger un abogado que realmente lo escuche, que se haya tomado su tiempo para saber de su caso y determinar si en verdad califica para el asilo o cualquier otra opción legal para arreglar su situación migratoria.
Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita (818)506-0070
https://abogadosinmigracionlosangeles.la/
Ante la eminente finalización del programa de protección temporal conocido como TPS, y si usted es uno de los afectados es muy probable que se esté haciendo estas preguntas:
Cuáles son mis alternativas Legales al finalizar mi permiso de Trabajo con TPS?
Cuáles remedios legales tengo al finalizar el TPS
1) Ajuste de Estatus dentro del país (Estados Unidos):
Quiere decir aplicar y recibir su residencia aquí en el país. Si recuerdan la corte del noveno circuito estableció" Que el tener TPS, era una admisión en los Estados Unidos". Lo que quiere decir; que si una persona con TPS, se encuentra casada con un ciudadano americano o es el padre de un ciudadano americano mayor de 21 años, esa persona puede arreglar su estado migratorio, aquí en territorio de estados unidos, aplicado por AJUSTE DE ESTATUS.
También si usted ha tenido TPS, ha salido y vuelto a entrar al país (USA), puede ajustar su estatus a través de su esposo o esposa que es ciudadano americano o a través de un hijo mayor de 21 años de edad.
¿Si tengo un permiso de trabajo, puedo salir del país?
Solo con el permiso de trabajo, no se puede salir, y para poder viajar necesita tramita un advance parole o permiso de viaje, con ese permiso para viajar puede salir y volver a entrar, si vives en el área de Los Ángeles tiene que ir personalmente, con pruebas de la emergencia, como el tener un familiar grave en el hospital, para que este documento sea aprobado de ser posible el mismo día
¿Qué es un advance parole o permiso de viaje?
El advance parole es un permiso de viaje es un requerimiento indispensable para que algunos extranjeros que se encuentran en los Estados Unidos puedan viajar fuera del país y regresar.
2) Proceso Consular:
Si su esposo es residente legal su proceso sería diferente; ya que su esposo o esposa lo puede pedir o se puede hacer ciudadano, para así hacer un ajuste de estatus, pero si su esposo o esposa no puede hacerse ciudadano, igualmente lo puede pedir, pero tendría que ver que su fecha de prioridad esté disponible, pedir un perdón por el tiempo que usted haya estado viviendo sin documentos (sin papeles, indocumentado...) y tener un proceso consular. Esto en el caso que usted no haya tenido un esposa/esposo ciudadano o hija/hijo mayor de 21 años ciudadano de los Estados Unidos. Pero si tiene un esposo, padres o hijos residentes, podrá hacer un proceso consular.
3) Que la persona con TPS haya sido víctima de un delito en territorio de Estados Unidos y pueda calificar para la VISA U:
Como ser víctimas de crimen violentos como; Violencia Domestica, asesinato, robos, etc.
Haber cooperado con la policía, en la investigación de ese delito
Haber sufrido un daño sustancial, como consecuencia de ese delito
4) Algunos podrían tener la posibilidad arreglar por la LEY NACARA
si ingreso al país antes de los años 90, si es salvadoreño o guatemalteco, aunque esto también incluye a los guatemaltecos que no tengan TPS.
5) El Asilo
Muchas personas de EL Salvador o Honduras, que se vinieron escapando de algún tipo de persecución de su país de origen y al llegar a los Estados Unidos, se encontraron con la posibilidad de poder aplicar al TPS en vez aplicar por el asilo, y efectivamente así lo hicieron, cuando ahora el TPS, se van a tener un tiempo limitado para aplicar por asilo, pero para calificar por asilo, uno tiene que probar que sufrieron persecución en su país de origen y que tiene miedo de regresar y que ese miedo de regresar es fundado, los casos de asilo no son fácil de ganar ya que no hay asilo por delincuencia común o su situación económica o porque si vuelve va ser víctima de extorción.
Hay varios grupos determinado que las cortes han determinado que si califican para el asilo político.
Lo más importante es buscar la ayuda de un abogado especialista en leyes migratorias y que este analice su caso particular, ya que cada caso, siempre es diferente.
Usted tiene que tener en cuenta a la hora de escoger un abogado que realmente lo escuche, que se haya tomado su tiempo para saber de su caso y determinar si en verdad califica para el asilo o cualquier otra opción legal para arreglar su situación migratoria.
Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita (818)506-0070
https://abogadosinmigracionlosangeles.la/
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