Las Peticiones a través de la familia
Peticiones a través de la familia
Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses (conocidos como familiares directos) no tienen que esperar hasta que haya una visa disponible porque no hay límite de visas a utilizarse en esta categoría en un año en particular. Se consideran familiares directos:
Padres (progenitores) de un ciudadano estadounidense
Cónyuges de un ciudadano estadounidense
Hijos(as)solteros(as) menores de 21 años de un ciudadano estadounidense
Nota: Los ciudadanos estadounidenses deben tener por lo menos 21 años para presentar una petición para sus padres.
Los familiares de un ciudadano estadounidense o residente permanente en las categorías restantes relacionadas con el parentesco, deberán esperar hasta que haya una visa disponible antes de poder solicitar la residencia permanente. Estas categorías incluyen:
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Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses (conocidos como familiares directos) no tienen que esperar hasta que haya una visa disponible porque no hay límite de visas a utilizarse en esta categoría en un año en particular. Se consideran familiares directos:
Padres (progenitores) de un ciudadano estadounidense
Cónyuges de un ciudadano estadounidense
Hijos(as)solteros(as) menores de 21 años de un ciudadano estadounidense
Nota: Los ciudadanos estadounidenses deben tener por lo menos 21 años para presentar una petición para sus padres.
Los familiares de un ciudadano estadounidense o residente permanente en las categorías restantes relacionadas con el parentesco, deberán esperar hasta que haya una visa disponible antes de poder solicitar la residencia permanente. Estas categorías incluyen:
- Primera Preferencia: hijos(as) solteros(as) adultos (21 años de edad o más) de ciudadanos estadounidense
- Segunda Preferencia A: cónyuges de residentes permanentes y los hijos(as) menores de edad (menos de 21 años de edad), solteros de residentes permanentes
- Segunda Preferencia B: hijos(as)solteros (21 años de edad o más) de residentes permanentes
- Tercera Preferencia: hijos(as) casados(as) de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges y sus hijos menores de edad
- Cuarta Preferencia: hermanos(as) de ciudadanos estadounidenses adultos, sus cónyuges, y sus hijos menores
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