QUE ES LA LEY NACARA Y QUIENES CALIFICAN?
NACARA es un programa a través del cual pueden obtener la residencia permanente ciertos ciudadanos de El Salvador y Guatemala o ciertos parientes de personas quien recibieron su residencia por Nacara.
Los requisitos para los Guatemaltecos son los siguientes: (1) Entraron a EE.UU. antes de Octubre 1, 1990; (2) se registraron para el programa de ABC o aplicaron para TPS antes de Diciembre 31, 1991 o aplicaron para asilo antes de Abril 1, 1990; y (3) no fueron detenidos por inmigración después de Diciembre 19, 1990.
Los requisitos para los Salvadoreños son: (1) Entraron al país antes del Septiembre 19, 1990; (2) se registraron para ABC o TPS antes de Octubre 31, 1991 o sometieron una solicitud de asilo antes de 1 Abril 1, 1990; y (3) no fueron detenidos por inmigración después de Diciembre 19, 1990.
Esposos/esposas e hijos que eran menores de edad cuando el padre o la madre/ padre recibió Nacara pueden ser elegibles. Hijos que ya tenían más de 21 años cuando el padre/madre obtuvo Nacara son elegibles solamente si entraron al país antes de 1 Octubre 1, 1990.
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